La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de la provincia de Neuquén condenó a la empresa ABB SA por no tomar acciones en defensa del Eduardo Hugo W, de origen judío, que, según concluyó, fue discriminado tanto por sus compañeros como por miembros del personal jerárquico, en virtud de sus creencias religiosas.
Tras haber sido discriminado, el damnificado fue despedido por la empresa (codemandada junto con la compañía Mega) que, ahora, tendrá que indemnizarlo con 261.791,16 pesos.
El expediente se inició en 2011, pero se conoció recién ahora, cuando la Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería que integran los doctores Federico Gigena Basombrio y Patricia Clerici, dejó firme el fallo de primera instancia en el que -según se indicó- se arribó a la conclusión de que el despido habría sido motivado por la actitud de los compañeros de trabajo.
En la resolución, Gigena Basombrio dijo que las pruebas y testimonios “dieron cuenta del trato agraviante que recibía (Eduardo Hugo W.) no sólo de sus compañeros de trabajo (Morello, Villasuso y Martínez), sino también de parte de sus supervisores: como el jefe del sector eléctrico, Sr. Baridon y Sr. Fernández, quienes le proferían burlas y frases sumamente agraviantes en su mayor parte referidas a su pertenencia al judaísmo”.
Al apelar el fallo de primera instancia, la empresa dijo que había realizado una investigación interna, pero los jueces del Tribunal de Alzada entendieron que “no alcanza (…) la supuesta investigación que dijo el testigo Fratichelli (dependiente del área de recursos humanos de ABB SA), fue realizada por la empleadora ante la denuncia del actor, ya que más allá de la vaguedad de su contenido, ni siquiera fue invocado tal investigación por la demandada al contestar la acción, ni tampoco se acompañó constancias sumariales correspondientes”.
Por eso, el Tribunal entendió que no se está en presencia de un simple reclamo salarial, sino de un hecho con agravantes.
Entre los argumentos del fallo, los magistrados manifestaron que "opera como una presunción de que el despido del actor puede considerarse un acto de discriminación conforme pautas de la Ley 23.592, si el mismo acredita las injurias y el hostigamiento recibidos constantemente y a lo largo del su relación laboral por parte de sus compañeros y fundamentalmente algunos jerárquicos, por su pertenencia a la religión judía y el conocimiento por parte de la empresa".
Según dice en su propia página web, ABB SA “es un líder en tecnología de vanguardia que trabaja en estrecha colaboración con los clientes de servicios públicos, industria, transporte e infraestructura para escribir el futuro de la digitalización industrial y generar valor”.
Fuente: Diariamente Neuquen
Tras haber sido discriminado, el damnificado fue despedido por la empresa (codemandada junto con la compañía Mega) que, ahora, tendrá que indemnizarlo con 261.791,16 pesos.
El expediente se inició en 2011, pero se conoció recién ahora, cuando la Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería que integran los doctores Federico Gigena Basombrio y Patricia Clerici, dejó firme el fallo de primera instancia en el que -según se indicó- se arribó a la conclusión de que el despido habría sido motivado por la actitud de los compañeros de trabajo.
En la resolución, Gigena Basombrio dijo que las pruebas y testimonios “dieron cuenta del trato agraviante que recibía (Eduardo Hugo W.) no sólo de sus compañeros de trabajo (Morello, Villasuso y Martínez), sino también de parte de sus supervisores: como el jefe del sector eléctrico, Sr. Baridon y Sr. Fernández, quienes le proferían burlas y frases sumamente agraviantes en su mayor parte referidas a su pertenencia al judaísmo”.
Al apelar el fallo de primera instancia, la empresa dijo que había realizado una investigación interna, pero los jueces del Tribunal de Alzada entendieron que “no alcanza (…) la supuesta investigación que dijo el testigo Fratichelli (dependiente del área de recursos humanos de ABB SA), fue realizada por la empleadora ante la denuncia del actor, ya que más allá de la vaguedad de su contenido, ni siquiera fue invocado tal investigación por la demandada al contestar la acción, ni tampoco se acompañó constancias sumariales correspondientes”.
Por eso, el Tribunal entendió que no se está en presencia de un simple reclamo salarial, sino de un hecho con agravantes.
Entre los argumentos del fallo, los magistrados manifestaron que "opera como una presunción de que el despido del actor puede considerarse un acto de discriminación conforme pautas de la Ley 23.592, si el mismo acredita las injurias y el hostigamiento recibidos constantemente y a lo largo del su relación laboral por parte de sus compañeros y fundamentalmente algunos jerárquicos, por su pertenencia a la religión judía y el conocimiento por parte de la empresa".
Según dice en su propia página web, ABB SA “es un líder en tecnología de vanguardia que trabaja en estrecha colaboración con los clientes de servicios públicos, industria, transporte e infraestructura para escribir el futuro de la digitalización industrial y generar valor”.
Fuente: Diariamente Neuquen
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