Rosario
junio 03, 2016
Declaran Día Municipal por la Igualdad y libertad de pensamiento, expresión, conciencia, Religión y Culto
Es de destacar que la ciudad de Rosario, cuenta con una legislación de avanzada en materia de Derecho Eclesiástico.
La ciudad de Rosario, nuevamente es noticia en materia de religión y culto, con la sanción de otra ordenanza municipal que reconoce, garantiza y protege el derecho a la igualdad – de trato civil – y libertad de pensamiento, expresión, conciencia, religión y CULTO, la cual se suma al ordenamiento municipal rosarino, que pone a la vanguardia al 1º y más importante municipio del interior del país (con más de 1.000.000 de habitantes) en el campo del DERECHO ECLESIÁSTICO y los DERECHOS HUMANOS.
Dentro del orden del día, de la sesión del Concejo Municipal, se aprobó un proyecto de “ORDENANZA MUNICIPAL” presentada por el CENTRO de INVESTIGACIÓN, ESTUDIO Y CAPACITACIÓN ECLESIÁSTICA Y TEOLÓGICA, liderado por el Pastor CARLOS AGUSTÍN LUQUE AHUBÁN, a través de la cual se instituye en la ciudad de Rosario (provincia de Santa Fe), el día “2 de septiembre” como “DÍA MUNICIPAL por la Igualdad –de trato civil- y Libertad de pensamiento, expresión, conciencia, religión y culto”, teniendo en cuenta que el día 2 de Septiembre hace honor a la fecha (02-09-2.004) en que fue sancionada la “Ordenanza Nº 7.730”, que plasmó y llenó un vacío legal existente en la ciudad de Rosario, contra toda discriminación, privilegios y prebendas en materia de conciencia, religión y culto.
Es de destacar que la ciudad de Rosario, cuenta con una legislación de avanzada en materia de Derecho Eclesiástico, en la única provincia de la Nación Argentina, que en su Carta Magna oficializa una religión ( Art. 3º. La religión de la provincia es la Católica, Apostólica y Romana, a la que se le prestará su protección más decidida, sin perjuicio de la libertad religiosa que gozan sus habitantes…), generando discriminación, privilegios y prebendas, entre las Comunidades Religiosas.
La Constitución Nacional y las Constituciones Provinciales, en su gran mayoría reconocen que DIOS se encuentra ligado a la sociedad argentina desde su fundación. El Estado, como parte de esa sociedad, como institución, como órgano creado para su mejor cohesión social, especializado en la Ley y encaminado a lograr el orden público, no tiene religión ni ideología. Quién es religioso es el hombre y la sociedad de la que forma parte, donde expresa y desarrolla esas convicciones.
La Ordenanza Municipal en su articulado establece que la fecha sancionada, 2 de septiembre, será tenida en cuenta para ser incorporada dentro de los actos protocolares del Concejo Municipal de Rosario y de la Municipalidad de Rosario, en el marco de la democracia, relaciones institucionales, Ordenanzas Municipales (entre otras las N° 7.730 y 7.780), como una forma de integración ciudadana, incorporándose dentro del protocolo oficial para los actos de izamiento de la Bandera Nacional, de los días Jueves, en el mástil mayor del Monumento Nacional a la Bandera, y otros actos oficiales.
El anteproyecto de Ordenanza surgió como propuesta de trabajo (realizada por el Pastor Carlos Agustín Luque Ahubán – Director y Compilador Principal del CIECET), en el CICLO de CONFERENCIAS y SEMINARIOS – 2º FORO NACIONAL sobre IGUALDAD – de trato civil – y LIBERTAD de Conciencia, Religión y Culto – AÑO 2.005, contando con el apoyo de la CONFRATERNIDAD DE LÍDERES CRISTIANOS (de la ciudad de Rosario y Zonas Aledañas – Provincia de Santa Fe – República Argentina), Organizaciones Eclesiásticas, representantes de diferentes credos, legisladores y público en general, que acompañaron el petitorio con sus firmas, en una madura expresión democrática plurireligiosa, que ratifican las propuestas y compromisos renovados de seguir trabajando por una cultura de convivencia y paz, que incluyan normas y legislación en contra de toda discriminación e intolerancia religiosa y de convicciones.
Fuente: Agencia Orbita
La ciudad de Rosario, nuevamente es noticia en materia de religión y culto, con la sanción de otra ordenanza municipal que reconoce, garantiza y protege el derecho a la igualdad – de trato civil – y libertad de pensamiento, expresión, conciencia, religión y CULTO, la cual se suma al ordenamiento municipal rosarino, que pone a la vanguardia al 1º y más importante municipio del interior del país (con más de 1.000.000 de habitantes) en el campo del DERECHO ECLESIÁSTICO y los DERECHOS HUMANOS.
Dentro del orden del día, de la sesión del Concejo Municipal, se aprobó un proyecto de “ORDENANZA MUNICIPAL” presentada por el CENTRO de INVESTIGACIÓN, ESTUDIO Y CAPACITACIÓN ECLESIÁSTICA Y TEOLÓGICA, liderado por el Pastor CARLOS AGUSTÍN LUQUE AHUBÁN, a través de la cual se instituye en la ciudad de Rosario (provincia de Santa Fe), el día “2 de septiembre” como “DÍA MUNICIPAL por la Igualdad –de trato civil- y Libertad de pensamiento, expresión, conciencia, religión y culto”, teniendo en cuenta que el día 2 de Septiembre hace honor a la fecha (02-09-2.004) en que fue sancionada la “Ordenanza Nº 7.730”, que plasmó y llenó un vacío legal existente en la ciudad de Rosario, contra toda discriminación, privilegios y prebendas en materia de conciencia, religión y culto.
Es de destacar que la ciudad de Rosario, cuenta con una legislación de avanzada en materia de Derecho Eclesiástico, en la única provincia de la Nación Argentina, que en su Carta Magna oficializa una religión ( Art. 3º. La religión de la provincia es la Católica, Apostólica y Romana, a la que se le prestará su protección más decidida, sin perjuicio de la libertad religiosa que gozan sus habitantes…), generando discriminación, privilegios y prebendas, entre las Comunidades Religiosas.
La Constitución Nacional y las Constituciones Provinciales, en su gran mayoría reconocen que DIOS se encuentra ligado a la sociedad argentina desde su fundación. El Estado, como parte de esa sociedad, como institución, como órgano creado para su mejor cohesión social, especializado en la Ley y encaminado a lograr el orden público, no tiene religión ni ideología. Quién es religioso es el hombre y la sociedad de la que forma parte, donde expresa y desarrolla esas convicciones.
La Ordenanza Municipal en su articulado establece que la fecha sancionada, 2 de septiembre, será tenida en cuenta para ser incorporada dentro de los actos protocolares del Concejo Municipal de Rosario y de la Municipalidad de Rosario, en el marco de la democracia, relaciones institucionales, Ordenanzas Municipales (entre otras las N° 7.730 y 7.780), como una forma de integración ciudadana, incorporándose dentro del protocolo oficial para los actos de izamiento de la Bandera Nacional, de los días Jueves, en el mástil mayor del Monumento Nacional a la Bandera, y otros actos oficiales.
El anteproyecto de Ordenanza surgió como propuesta de trabajo (realizada por el Pastor Carlos Agustín Luque Ahubán – Director y Compilador Principal del CIECET), en el CICLO de CONFERENCIAS y SEMINARIOS – 2º FORO NACIONAL sobre IGUALDAD – de trato civil – y LIBERTAD de Conciencia, Religión y Culto – AÑO 2.005, contando con el apoyo de la CONFRATERNIDAD DE LÍDERES CRISTIANOS (de la ciudad de Rosario y Zonas Aledañas – Provincia de Santa Fe – República Argentina), Organizaciones Eclesiásticas, representantes de diferentes credos, legisladores y público en general, que acompañaron el petitorio con sus firmas, en una madura expresión democrática plurireligiosa, que ratifican las propuestas y compromisos renovados de seguir trabajando por una cultura de convivencia y paz, que incluyan normas y legislación en contra de toda discriminación e intolerancia religiosa y de convicciones.
Fuente: Agencia Orbita