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febrero 16, 2016

Sujeto arrastró a su perro con su auto hasta sangrarle las patas

Oaxaca de Juárez, 12 de febrero. La Fiscalía General del Estado de Oaxaca informa de la detención en flagrancia en la ciudad de Oaxaca de Juárez, de Manuel Alfonso Martell Ruiz, quien fue sorprendido en flagrancia cometiendo el delito de maltrato animal, recientemente publicado y por tanto vigente ya en las leyes penales del Estado; dicha persona fue presentada ante el Agente del Ministerio Público y en las próximas 48 horas se resolverá su situación jurídica.

No se omite mencionar que de acuerdo al tipo penal donde se encuadra el delito cometido alcanza fianza, por lo tanto el indiciado está en su libre derecho de promoverla; de acuerdo al artículo 413 del código penal, puede alcanzar una multa de 100 a 1000 días de salario mínimo, es decir, de siete mil a setenta mil pesos.

Hechos:

A las 8:00 de la mañana de este viernes 12 del actual, sobre la calle de Emiliano Zapata esquina con la calle de Tlacolula de la Colonia Estado de Oaxaca, la Policía Municipal de Oaxaca de Juárez detuvo una unidad de motor marca volkswagen tipo sedán, color verde, con placas de circulación TLB-14-97 del Estado de Oaxaca, unidad de la cual se encontraba atado en la defensa trasera con una cadena, un perro que era arrastrado y sangraba de las cuatro extremidades. 

El conductor de dicho vehículo, dijo responder al nombre de Manuel Alfonso Martell Ruiz,, manifestó ser propietario del perro y argumento que lo estaba castigando ya que días antes cuando lo saco a pasear, el can lo arrastró y el individuo se lesionó, “por lo cual le estoy enseñando quien es el que manda”, dijo. Al corroborar los elementos el hecho delictivo, se procedió a la detención del señalado por el delito de -contra la vida e integridad de los animales, en su modalidad de crueldad animal y agonía- vigente en las leyes del Estado, y fue puesto a disposición del Agente del Ministerio Público de la Mesa VI con detenido de la Fiscalía General del Estado, integrándose de inmediato la averiguación previa correspondiente.

Fuente: http://adnsureste.info/?p=85348