En Costa Rica, una reforma en el Código Penal prohibiría el aborto por causas de salud mental y emocional de la madre y cerraría los portillos para interpretaciones que legitimen otros motivos.
La reforma, contemplada en el expediente 20.218, fue propuesta este por el diputado evangélico, Gonzalo Ramírez, y busca un cambio en el artículo 121 del Código Penal, que regula el aborto no punible en el país.
“Con este nuevo texto, eliminamos la posibilidad de que por violación, por depresión o por alguna otra condición emocional se quiera practicar un aborto, y que cerremos las puertas a corrientes internacionales y nacionales, que han tratado de devaluar la vida de los no nacidos”, expresó el Ramírez.
La propuesta del legislador deja explícito que no es punible el aborto practicado con consentimiento, por un médico o por una obstetra autorizada, si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida de la madre.
FUENTE: MundoCristiano
La reforma, contemplada en el expediente 20.218, fue propuesta este por el diputado evangélico, Gonzalo Ramírez, y busca un cambio en el artículo 121 del Código Penal, que regula el aborto no punible en el país.
“Con este nuevo texto, eliminamos la posibilidad de que por violación, por depresión o por alguna otra condición emocional se quiera practicar un aborto, y que cerremos las puertas a corrientes internacionales y nacionales, que han tratado de devaluar la vida de los no nacidos”, expresó el Ramírez.
La propuesta del legislador deja explícito que no es punible el aborto practicado con consentimiento, por un médico o por una obstetra autorizada, si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida de la madre.
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